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Acuerdo Local 039 de 2023

Acuerdo Local 039 de 2023 Junta Administradora Local de la Candelaria

Tipo
Acuerdo Local
Número
039
Año
2023
Fecha
12 de mayo de 2023
Entidad
Junta Administradora Local de la Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO LOCAL 039 DE 2023

(Mayo de 12)**

_Por medio del cual se efectúa adición al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2023_ **

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo[324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125), numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69.n4) del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 modificado por la Ley [2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#69.n4) de 2021 y las conferidas por el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#69.n4) del Decreto 372 del 2010 y,**

CONSIDERANDO:

Que, a 31 de diciembre de 2022, el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $700.282.797¸el CONFIS, mediante Circular 4 comunicó la asignación de excedentes financieros por $10.569.600.000, conforme a la normativa vigente. Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal- CONFIS, mediante Circulares No. 04 y 05 de 05 de abril de 2023, conforme a lo establecido en los artículos [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31)° del Decreto 372 de 2010, comunicó su decisión tomada en la sesión No.03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, determinando una adición total al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por un total de $14.204.011.869. Que, mediante Circular 5, el CONFIS emitió concepto favorable de adición al presupuesto por $3.634.411.869, provenientes del acuerdo conciliatorio dentro del proceso judicial referencia 25000-23-36000-2018-00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, por concepto, por concepto de reintegro de recursos del Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012: _“Los recursos a adicionar provienen de la Conciliación judicial parcial - Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012, referencia 25000-23-36-000-2018-00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, que estableció un mono a liberar por $49.610.639.321 correspondiente a los saldos de los recursos existentes en el mencionado Convenio, que no fueron ejecutados, pero que sí fueron aportados por los Fondos de Desarrollo Local y sus respectivos rendimientos financieros._ _El monto total y la distribución por Fondo de Desarrollo Local - FDL se estableció en la Conciliación Parcial, con base en el Balance financiero provisional del Convenio Interadministrativo No. 1292 de 2012, elaborado por la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y mantenimiento Vial - UAERMV para sustentar la propuesta conciliatoria._ _Los recursos a adicionar deberán ser destinados a la línea de inversión de Infraestructura, asociada a Movilidad y el Espacio Púbico, específicamente a la conservación de malla vial y espacio público y al mantenimiento y/o dotación de parques, conforme al siguiente detalle y de acuerdo con las solicitudes presentadas por los Alcaldes locales, consolidada por la Secretaría de Gobierno según Consejo Local de Alcaldes del 29 de marzo de 2023_ _(…) La Candelaria 3.634.411.869”._ Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023, los recursos asignados por el CONFIS. Que, mediante radicados No. 2-2023-36616 del 12 de abril del 2023 y No. 2-2023-38465 del 17 de abril del 2023, la Secretaría Distrital de Planeación emitió conceptos previos favorables sobre la modificación a la inversión. - Adición de excedentes financieros. Que, la Alcaldesa Local presentó, para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local, el proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS CUATRO MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($14.204.011.869) conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O1 | INGRESOS | $14.204.011.869 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $14.204.011.869 TOTAL INGRESOS | $14.204.011.869**

Artículo 2. Efectúese una adición al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS CUATRO MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($14.204.011.869), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $14.204.011.869 O23 | INVERSIÓN | $14.204.011.869 TOTAL INGRESOS | $14.204.011.869 Artículo 3. Con la aprobación de la presente adición presupuestal correspondiente al componente y/o proyecto 1625 ¨La Candelaria cultural, artística y patrimonial¨ La administración distrital y local deberán garantizar la efectiva participación e inclusión en las actividades decembrinas de los gestores y actores culturales de La Candelaria.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144537).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de mayo de 2023.

ÁLVARO SÁNCHEZ CARRILLO

PRESIDENTE JAL CANDELARIA

ISABEL BULLA RODRÍGUEZ

SECRETARIA JAL CANDELARIA

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