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DECRETO 932 de 1995

por el cual se aprueba el Acuerdo número 000012 del 15 de septiembre de 1994 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta, que reestructura la Planta de Personal y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
932
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1ş. Apruébase el Acuerdo número 000012 del 15 de septiembre de 1994, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta, cuyo contenido es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 000012 DE 1994 (septiembre 15) por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta y se dictan otras disposiciones.

El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del meta, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,

ACUERDA:

Artículo 1ş. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta: No. Cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado DIRECCION EJECUTIVA 1 Secretario 5140 08 1 Chofer Mecánico 5310 06 SECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 1 Jefe de Sección 2025 02 1 Asistente Administrativo 4140 10 1 Secretario 5140 06 GRUPO DE FINANZAS 1 Pagador 5045 11 1 Técnico Administrativo 4065 07 2 Auxiliar Administrativo 5120 05 3 Visitador 5100 06 1 Mecanógrafo 5180 02 GRUPO DE SERVICIOS GENERALES 1 Almacenista 5080 09 1 Mecanógrafo 5180 02 3 Auxiliar de Servicios Generales 5335 01 2 Celador 5320 03 SECCION DE MEDICINA 1 Médico (2 h.m.) 3085 14 1 Odontólogo (1 h.m.) 3085 14 SECCION DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO 1 Jefe de Sección 2025 02 1 Secretario 5140 06 GRUPO EDUFISICA Y RECREACION 2 Profesional Universitario 3020 03 GRUPO DE PROMOCION DEPORTIVA 1 Coordinador 5005 16 2 Supervisor 5105 07 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 4 Mecanógrafo 5180 02 9 Instructor 4085 06 7 Instructor 4085 10 1 Profesional Universitario 3020 06 Artículo 2ş. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta, la siguiente planta global de personal: No. cargos Denominación del cargo Código Grado 1 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14 2 Jefe de División 2040 03 1 Profesional Universitario 3020 09 3 Profesional Universitario 3020 06 1 Médico Especialista (MT) 3120 16 1 Técnico Operativo 4080 12 1 Asistente Administrativo 4140 12 2 Coordinador 5005 18 1 Secretario 5140 10 2 Secretario 5140 08 2 Secretario 5140 06 1 Operario Calificado 5300 07 1 Conductor Mecánico 5310 09 3 Auxiliar Servicios Generales 5335 07 2 Auxiliar Servicios Generales 5335 06 Artículo 3ş. El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Meta, mediante resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.

Artículo 4ş. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo primero del presente Acuerdo, tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo octavo de la Ley 27 de 1992 y su Decreto reglamentario número 1223 de 1993.

Artículo 5ş. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 0236 y 0387 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en la ciudad de Villavicencio, a los 15 días de septiembre de 1994.

El Presidente, (Fdo.) Edgar Sepúlveda Ibarguen.

El Secretario, (Fdo.) Pedro Justo Guerrero P».

ARTICULO 2ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Educación Nacional, Arturo Sarabia Better.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

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