DECRETO 923 de 1997
por el cual se autoriza el otorgamiento de cartas de crédito stand by a las entidades autorizadas para expedir cartas de crédito.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 923
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el literal a) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero e informada previamente la Junta Directiva del Banco de la República,
DECRETA:
Artículo 1°.
En adición a las operaciones permitidas a las entidades autorizadas para expedir cartas de crédito a partir de la fecha se les autoriza para otorgar cartas de crédito stand by.
Parágrafo.
Las cartas de crédito stand by que constituyan garantía en moneda extranjera deberán sujetarse a las disposiciones cambiarias correspondientes.
Artículo 2°.
El presente Decreto rige desde su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 2756 de 1976 y deja sin efecto las disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2756 de 1976 Publíque se y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
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