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DECRETO 922 de 1994

por el cual se adiciona y modifica unos artículos del Decreto 676 de marzo 28 de 1994

Tipo
DECRETO
Número
922
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,Ā ĀĀ

DECRETA:

Ā ĀĀ

Artículo 1.

║. Adici¾nese el artĒculo 1║ del Decreto 676 de marzo 28 de 1994: "por el cual se reglamenta el artĒculo 29 de la Ley 105 de diciembre 30 de 1993", con el siguiente parßgrafo:Ā ĀĀ "Parßgrafo. El recaudo de la sobretasa a que hace referencia el presente artĒculo estarß a cargo de los grandes consumidores y estaciones de servicio privadas en los eventos en que adquieran el combustible automotor directamente del gran distribuidor mayorista (Ecopetrol) o del distribuidor mayorista."Ā ĀĀ Afecta la vigencia de: AdicionaĀĀ DECRETO 676 de 1994 AdicionaĀĀ (Parßgrafo )Ā ArtĒculo 1ĀDECRETO 676 de 1994

Artículo 2.

║. ModifĒquese el artĒculo 2║ del Decreto 676 de marzo 28 de 1994, el cual quedara asĒ:Ā ĀĀ "ArtĒculo 2o. Los distribuidores minoristas, grandes consumidores y estaciones de servicios a que se refiere el artĒculo anterior deberßn consignar dentro de los quince (15) primeros dĒas de cada mes, los recaudos realizados en el mes inmediatamente anterior."Ā ĀĀ Afecta la vigencia de: ModificaĀĀ ArtĒculo 2ĀDECRETO 676 de 1994

Artículo 3.

║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n.Ā ĀĀ PublĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Santafķ de Bogotß, D.C., a 6 de mayo de 1994.Ā ĀĀ CESAR GAVIRIA TRUJILLO Ā ĀĀ El Ministro de Minas y EnergĒa,Ā ĀĀ Guido Nule AmĒn Ā ĀĀ El Ministro de Transporte,Ā ĀĀ Jorge Juan Bendeck Olivella. Ā

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