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Resolución Reglamentaria 005 de 2023

Resolución Reglamentaria 005 de 2023 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
005
Año
2023
Fecha
10 de febrero de 2023
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 005 DE 2023

(10 de febrero de 2023)

_Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 003 del 31 de enero de 2023 de la Contraloría de Bogotá, D.C._ __ EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#87) del Decreto Distrital 714 de 1996, _“Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”_ señala que la facultad para ordenar el gasto estará en cabeza del jefe de cada entidad, quien podrá delegarla en funcionarios del nivel directivo y será ejercida teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes.

Que el Manual Operativo Presupuestal de Distrito Capital, adoptado mediante Resolución No. [SDH-191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 2017, articuló y unificó los procedimientos, prácticas e instrumentos en materia presupuestal para las entidades distritales, entre los cuales estableció el manejo de las cajas menores.

Que la Ley [1437](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249) de 2011[1] en su artículo 45 dispone la corrección de errores formales, e indica que en -cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras.

Que el Consejo de Estado ha señalado que frente la corrección de irregularidades en la actuación administrativa o de errores aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras contenidos en los actos definitivos, es una modalidad de subsanación de yerros simplemente formales que no afectan ni involucran una variación material a la esencia de la decisión, sino que solo la aclaran para su eventual ejecución sin controversia[2].

Que frente a la necesidad de constituir las cajas menores de la Contraloría de Bogotá, D.C. para la vigencia fiscal 2023, se expidió la Resolución No. [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=135517) de 2023[3], la cual en sus consideraciones señaló que se expidieron -los certificados de disponibilidad presupuestal números 172 de fecha 20 de enero de 2023 y 30 de fecha 27 de enero de 2023-, dejando un error simplemente formal de digitación en el número del certificado de disponibilidad presupuestal de fecha 27 de enero de 2023, siendo el número correcto _“302”_ y no _“30”_ como erróneamente quedó consignado.

Que conforme a lo expuesto, se hace necesario realizar la aclaración en la parte considerativa de la Resolución No. [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=135517) de 2023[4] por error formal de digitación. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. ACLARAR la Resolución No. 003 del 31 de enero de 2023 en la parte motiva indicando que: _“Que el Subdirector Financiero expidió los certificados de disponibilidad presupuestal números 172 de fecha 20 de enero de 2023 y 302 de fecha 27 de enero de 2023 y, para la constitución y apertura de las cajas menores de la Dirección Administrativa y Financiera así como la del Despacho del Contralor respectivamente, de conformidad con lo señalado en el artículo 59 del Decreto 192 de 2021.”_ __ Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136402). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de febrero del año 2023.

JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ

**Contralor de Bogotá, D.C.

NOTAS DE AL PIE DE PÁGINA:**

* * * [1] Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Ley 1437 de 2011. Artículo 45. [2] Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda (3 de septiembre de 2022) Radicado 3251-17 [CP William Hernández Gómez* [3] Resolución 003 de 2023. _“Por la cual se constituyen las cajas menores de la Contraloría de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal 2023 y se dictan otras disposiciones"_ [4] Resolución 003 de 2023 _. “Por la cual se constituyen las cajas menores de la Contraloría de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal 2023 y se dictan otras disposiciones."_

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