DECRETO 883 de 1998
por el cual se modifica el Decreto 851 de 1994.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 883
- Año
- 1998
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en armonía con las atribuciones otorgadas por el artículo 171 parágrafo 2° de la Ley 100 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modificar el artículo 5° del Decreto 851 de 1994, cuyo texto quedará así:
“Artículo 5°. Los integrantes de las organizaciones distintas a la Administración Pública Nacional serán seleccionados para un período de dos (2) ańos.
Las inscripciones deberán realizarse con una antelación mínima de un mes a la fecha del vencimiento del respectivo período.
Cuando se trate de falta definitiva de un integrante, las inscripciones se realizarán dentro del mes inmediatamente siguiente a su ocurrencia”.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 5 DECRETO 851 de 1994
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Salud encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Salud, Juan Carlos Giraldo Valencia.
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