DECRETO 875 de 2008
por el cual se modifica el Decreto 841 de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 875
- Año
- 2008
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 32 de la Ley 38 de 1989, modificado por el artículo 55 de la Ley 179 de 1994,
DECRETA:
Artículo 1º.
Modifícase el artículo 23 del Decreto 841 de 1990, el cual quedará así:
Artículo 23.
Oportunidad del registro. Durante todo el transcurso del año se podrán registrar proyectos de inversión en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional. Para la discusión de los proyectos de inversión que vayan a integrar el Plan Operativo Anual de Inversiones sólo se tendrán en cuenta aquellos que hayan sido registrados antes del 1º de junio del año anterior al que se está programando.
Las entidades responsables de otorgar concepto de viabilidad a los proyectos, deberán remitirlos al Departamento Nacional de Planeación antes del 30 de abril del año anterior al que se está programando, plazo máximo para tal efecto.
A partir de esa fecha y antes del 1º de junio el Departamento Nacional de Planeación, a través de las Direcciones Técnicas respectivas, cumplirá con el registro de los proyectos. Durante dicho lapso, el Departamento podrá hacer los análisis correspondientes y solicitar a las entidades las aclaraciones y ajustes que considere necesarios.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 23 DECRETO 841 de 1990
Artículo 2º.
El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el artículo 1º del Decreto 4109 de 2004 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 1 DECRETO 4109 de 2004 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de marzo de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Directora del Departamento Nacional de Planeación, Carolina Rentería.
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