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Resolución Regional 369 de 2024

Resolución Regional 369 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca

Tipo
Resolución Regional
Número
369
Año
2024
Fecha
8 de octubre de 2024
Entidad
Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 369 DE 2024

(Octubre 08)

_Por la cual se hace una delegación_

EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 de 2022; los Acuerdos regionales 001 y 003 de 2022, y

CONSIDERANDO:

1.

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia de 1991 señala que “ _La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado”._ 2.

Que el artículo [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) Constitucional, dispone que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. 3.

Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, (…) los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política y en la ley. 4. Que, la Corte Constitucional en Sentencia C-[693](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33512) de 2008 señaló que _"La delegación implica la permanencia de un vínculo entre el delegante y el delegatario, que se manifiesta en las atribuciones de orientación, vigilancia y control que el primero mantiene sobre el Segundo"_. 5.

Que mediante Resolución [332](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=162438) del 9 de septiembre de 2024, expedida por la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), y se crea el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el cual será la instancia orientadora para la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). 6.

Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=162438#15) de la citada resolución, establece que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, estará integrado por el Director de la Región Metropolitana, o su delegado, los Subdirectores de la RMBC, y los Jefes de Oficina de la Entidad. 7. Que, en virtud de lo anterior, el Director de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC) por necesidades del servicio ha decidido delegar su participación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la (RMBC), en el Asesor Código 105 Grado 04 adscrito a la Dirección de la (RMBC). Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

_Delegación._

Delegar la participación del Director de la Región Metropolitana en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el cargo denominado Asesor Código 105 Grado 04 adscrito a la Dirección de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC). Artículo **2.

_Atribución_

Corresponde al delegatario ejercer las atribuciones conferidas conforme a las disposiciones legales vigentes que regulan la materia y responder en los términos de la Constitución Política y la Ley. Artículo 3. Informes. El delegatario deberá presentar un informe ejecutivo anual y en cualquier tiempo a solicitud del delegante sobre las actividades adelantadas en virtud de la delegación realizada. Artículo 4._Competencia_. Sin perjuicio de la delegación antes señalada en el presente acto administrativo, el Director conserva la potestad atribuida para conocer de cualquiera de los asuntos delegados en el presente acto administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la Ley 489 de 1998 Artículo 6.(sic).

_Comunicación_

Comunicar la presente resolución al Asesor Código 105 Grado 04 adscrito a la Dirección de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca. Artículo **5.

(sic).

_Publicación y Vigencia_. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación en la página web, el registro distrital y la gaceta de Cundinamarca, de conformidad con lo establecido en el art. [44](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131717#44) del Acuerdo regional 001 de 2022 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.**

Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de octubre del año 2024.

LUIS FELIPE LOTA

Director Nota: Ver norma original en Anexos.

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