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Acuerdo Local 001 de 2024

Acuerdo Local 001 de 2024 Junta Administradora Local de Sumapaz

Tipo
Acuerdo Local
Número
001
Año
2024
Fecha
24 de mayo de 2024
Entidad
Junta Administradora Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 001 DE 2024 (Mayo 24) _Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de Rentas e Ingresos de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal del 2024_ LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RURAL DE SUMAPAZ En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324, numeral 4 del Artículo 69 Decreto-Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000, y Artículo 17 del decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, y Decreto 777 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010,_“...Toda adición al presupuesto deberá contar con concepto previo del CONFIS y aprobación de la JAL...”_ Que el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz a 31 de diciembre de 2023, presentó un monto de excedentes financieros por valor de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M7CTE. ($157.907.735).

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS en su sesión No. 4 celebrada el 23 de abril de 2024, comunicada mediante Circular No. [02 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=156498)del 2024, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38)del Decreto 372 de 2010, determinó un monto total de CUARENTA Y SEIS MIL MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE, ($46.625.491.297), por excedentes financieros a 31 de diciembre de 2023, generados por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local.

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=156498) de 2024 y, en la distribución de los excedentes financieros, se asignó al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, un monto total de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000.000) distribuidos así: Parques ($2.000.000.000) e, Infraestructura, ($2.000.000.000).

Que mediante radicado No. 2-2024-30724 del 20 de mayo de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación emitió CONCEPTO FAVORABLE, sobre la asignación de los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, conforme a lo estipulado en la Resolución SDH No. 191 del 2017, que establece el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital.

Que el Alcalde Local, solicitó a la Junta Administradora Local, mediante radicado No. 2024-7020010211 el estudio y aprobación de estos recursos en sesiones extraordinarias de la Corporación. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000.000) para la vigencia fiscal de dos mil veinticuatro (2024), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO: Adicionar el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000.000) para la vigencia fiscal de dos mil veinticuatro (2024), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158660). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

**Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2024.

Yeny Lised Pulido Herrera Presidenta J.A.L Sumapaz Duber Esneyder Dimate Mora Secretario Ad Hoc J.A.L. Sumapaz El Presente Acuerdo sancionado por Sebastian Saldarriega rivera

Alcalde Local de Sumapaz Nota: Ver norma original en Anexos.

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