DECRETO 845 de 1995
por el cual se deroga el artículo 2° Decreto número 2834 de 1994.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 845
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que según desprende del contenido de la Ley 21 de 1982, por la cual se modifica el régimen del subsidio familiar y se dictan otras disposiciones, quienes deciden a qué Caja de Compensación Familiar deben hacerse los aportes respectivos, son los empleadores,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Derogar el artículo 2ş del Decreto 2834 del 22 de diciembre de 1994.
Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 2 DECRETO 2834 de 1994
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 23 de mayo de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, María Sol Navia Velasco
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