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Resolución Reglamentaria 021 de 2024

Resolución Reglamentaria 021 de 2024 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
021
Año
2024
Fecha
28 de junio de 2024
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 021 DE 2024

**(Junio 28)

[Derogada por el art. 6, Resolución 006 de 2026](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192983#6).**

_Por la cual se adopta la nueva versión del Manual de Identidad Institucional de la Contraloría de Bogotá D.C._

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 20161, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los literales [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.b)) y [l](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.l)) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6) la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos acuerdos vigentes.

Que el artículo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#35) del citado acuerdo establece, entre otras, funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones: i) asesorar al Contralor de Bogotá, D.C. y a las diferentes dependencias en materia de imagen corporativa y ii) propender por la adecuada utilización de la misma, en todos los documentos, actividades, eventos y medios empleados para el cumplimiento de las funciones institucionales.

Que la Contraloría de Bogotá D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. [038](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138377) del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno - MECI e incorporó la estructura definida en la Dimensión No. 7 Control Interno, del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. [031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152719) del 23 de noviembre de 2023, se adoptó el Manual de Identidad Institucional dentro del Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas, acorde con el Plan Estratégico Institucional 2022-2026, denominado Control Fiscal de todos y para todos y con el eslogan institucional previsto en la Resolución Reglamentaria [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124457) de 2022.

Que se hace necesario actualizar el Manual de Identidad Institucional para atender los lineamientos previstos en la Ley 2345 del 30 de diciembre de 2023, "_Por medio de la cual se implementa el Manual de Identidad Visual de las entidades estatales, se prohíben las marcas de gobierno y se establecen medidas para la austeridad en la publicidad estatal"._ Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del Manual de Identidad Visual, documento PPCCPI - 05 Versión 8.0 del Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas. ARTÍCULO SEGUNDO. La Oficina Asesora de Comunicaciones será la responsable de velar por la unificación de la imagen institucional y su adecuado uso. ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la Dirección Administrativa y Financiera adoptar las medidas necesarias para cumplir con los lineamientos del Manual de Identidad Visual que se adopta, así como lo previsto en la Ley 2345 de 2023. ARTÍCULO TERCERO (sic). Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento del documento adoptado. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157097) y deroga la Resolución Reglamentaria No. [031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152719) del 23 de noviembre de 2023 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de junio del año 2024.

ANDRÉS GUSTAVO ROJAS PALOMINO

Contralor de Bogotá D.C. (EF)

Nota: Ver anexo y norma original en Anexos.

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