Resolución Regional 083 de 2024
Resolución Regional 083 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca
- Tipo
- Resolución Regional
- Número
- 083
- Año
- 2024
- Fecha
- 5 de marzo de 2024
- Entidad
- Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 083 DE 2024
**(Marzo 05)
[Modificada por las Resoluciones Regionales 225 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155578), [228 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155598), [299 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158117), [329 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160378), [Resolución 381 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166500), [Ver Resolución 395 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167417), [Resolución 401 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167597) __ _Por medio de la cual se modifican las Resoluciones números[016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=147462)del 29 de diciembre del 2023 - “Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”;[012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152955)del 26 de enero del 2024; y[075](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153382)del 26 de febrero del 2024**_
EL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ - CUNDINAMARCA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 6 del artículo 27 de la Ley 2199 del 2022, el artículo 67 del Acuerdo Regional 004 del 2023; y
CONSIDERANDO:
1.
Que el numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#5.n.6) del artículo 5 y el parágrafo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#9.p.1) de artículo 9 de la Ley 2199 del 2022 previeron la gradualidad en la implementación de las funciones y competencias de la Región Metropolitana, la cual tiene sus efectos en materia presupuestal. 2.
Que el literal [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#21.n.6.l.a) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022 establece como una de las funciones del Consejo Regional, en materia fiscal, _“aprobar el Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la Región Metropolitana y sus entidades”_. 3.
Que el Consejo Regional aprobó el Acuerdo Regional No. [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152873) del 2023 - _“Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”_. 4.
Que el artículo 36 del Acuerdo Regional No. 004 del 2023 establece que _“al Director de la Región Metropolitana le corresponde expedir la resolución de liquidación del presupuesto anual aprobado por el Consejo Regional, teniendo en cuenta los soportes presentados para su debate y que se tuvieron en cuenta para la aprobación, discriminando las cuentas conforme al Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal vigente, junto con un anexo en donde se desagreguen los gastos”._ 5.
Que el parágrafo del artículo y Acuerdo Regional ibidem también señala que _“El Director de la Región Metropolitana podrá realizar modificaciones a la resolución de liquidación, siempre que no modifique en cada sección presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a gastos de funcionamiento y gastos de Inversión, ni el total de ingresos corrientes y recursos de capital aprobados por el Consejo Regional”_. 6.
Que mediante Resolución [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152727) del 29 de diciembre del 2023 se efectuó la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca. 7.
Que mediante Resolución [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152955) del 26 de enero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152727) del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión de la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca. 8.
Que mediante Resolución [075](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153382) del 26 de febrero del 2024 se realizó una modificación a la Resolución [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152727) del 29 de diciembre del 2023 de la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión para la vigencia 2024 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y la Resolución [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152955) del 26 enero del 2024. 9.
Que la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, actualmente se encuentra adelantando procesos de contratación entre los cuales se gestiona el servicio de transporte público terrestre automotor especial con conductor, cuya necesidad inicialmente se había estimado en el presupuesto de funcionamiento de la Entidad, pero se necesita incrementar el monto de recursos asignados ya que resultan insuficientes, una vez realizados los estudios correspondientes. Asimismo, se necesita incrementar el monto de recursos para viáticos de los funcionarios por la dinámica de los diálogos y mesas de trabajo que se están ejecutando y se proyectan desarrollar para promover el ingreso de los municipios del Departamento de Cundinamarca a la Región Metropolitana. 10. Aunado a lo anterior, se requiere hacer desagregue parcial de rubros y asignación de recursos en los gastos de inversión de la unidad ejecutora 01 Región Metropolitana, dada la importancia del relacionamiento estratégico que debe mantener la Entidad con los diferentes actores de la Región en desarrollo de los proyectos de inversión, contando con recursos para servicios de transporte terrestre dentro del presupuesto de inversión. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Trasladar entre los rubros presupuestales de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO la suma de CUATROCIENTOS QUINCE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($415.000.000) M/CTE, de conformidad con la siguiente descripción: | RUBRO | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO | CONTRACRÉDITO ---|---|---|--- UNIDAD EJECUTORA | VALOR EN PESOS | UNIDAD EJECUTORA | VALOR EN PESOS 2.1.2.02.02.0060464114 | SERVICIOS DE TRANSPORE TERRESTRE ESPECIAL LOCAL DE PASAJEROS | 01- REGIÓN METROPOLITANA | 340.000.000 | | 2.1.2.02.02.010 | VIÁTICOS DE LOS FUNCIONARIOS EN COMISIÓN | 01- REGIÓN METROPOLITANA | 75.000.000 | | 2.1.1 | GASTOS DE PERSONAL | | | 02 – AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD | 415.000.000 | | TOTAL | 415.000.000 | TOTAL | 415.000.000 | | | | | |
ARTÍCULO 2. Desagregar parcialmente los rubros en el presupuesto de GASTOS DE INVERSIÓN de la Unidad Ejecutora 01 de la Región Metropolitana, de conformidad con la siguiente descripción:
UNIDAD EJECUTORA 01 | REGION METROPOLITANA | VALOR EN PESOS ---|---|--- 2.3 | GASTOS DE INVERSIÓN | 20.770.118.003 2.3.2 | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 20.770.118.003 2.3.2.02 | ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ACTIVOS | 20.770.118.003 2.3.2.02.02 | ADQUISICIÓN DE SERVICIOS | 20.770.118.003 2.3.2.02.02.006 | COMERCIO Y DISTRIBUCIÓN; ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS; SERVICIOS DE TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA | 50.000.000 2.3.2.02.02.00604 | SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS | 50.000.000 2.3.2.02.02.006046411 4 | SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE ESPECIAL LOCAL DE PASAJEROS | 50.000.000 2.3.2.02.02.008 | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN | 20.720.118.003 Por desagregar | OBSERVATORIO DE DINÁMICAS METROPOLITANAS Y REGIONALES | 1.086.000.000 Por desagregar | PLAN ESTRATÉGICO Y DE ORDENAMIENTO DE LA REGIÓN METROPOLITANA – PERM | 3.214.267.347 Por desagregar | PROGRAMA JÓVENES A LA U REGIONAL | 12.094.850.656 Por desagregar | TALLER METROLAB | 725.000.000 Por desagregar | ÁGORA METROPOLITANA | 1.000.000.000 UNIDAD EJECUTORA 01 | REGION METROPOLITANA | VALOR EN PESOS ---|---|--- 2.3.2.02.02.00802 | SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES | 200.000.000 2.3.2.02.02.008028219 9 | OTROS SERVICIOS JURÍDICOS N.C.P. | 200.000.000 2.3.2.02.02.00803 | SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, URBANÍSTICOS, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD) | 2.400.000.000 2.3.2.02.02.008038332 9 | OTROS SERVICIOS DE INGENIERÍA EN PROYECTOS N.C.P. | 200.000.000 2.3.2.02.02.008038393 1 | SERVICIOS DE CONSULTORÍA AMBIENTAL | 200.000.000 2.3.2.02.02.008038322 3 | SERVICIOS DE PLANEACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN TERRITORIAL | 200.000.000 2.3.2.02.02.008038311 1 | SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN ESTRATÉGICA | 1.800.000.000 ARTÍCULO 3. La Oficina Jurídica comunicará el presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, para conocimiento y fines institucionales pertinentes.
ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la página web o en los medios de comunicación institucionales definidos para tal fin; y las demás disposiciones que no sean contrarias en las Resoluciones [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152727) del 29 de diciembre del 2023; [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152955) del 26 de enero del 2024; y [075](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153382) del 26 de febrero del 2024, continúan vigentes.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de marzo del 2024.
LUIS LOTA
Director
Nota: Ver norma original en Anexos.
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