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Acuerdo Local 010 de 2025

Acuerdo Local 010 de 2025 Junta Administradora Local de Tunjuelito

Tipo
Acuerdo Local
Número
010
Año
2025
Fecha
10 de diciembre de 2025
Entidad
Junta Administradora Local de Tunjuelito
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 010 DE 2025

(Diciembre 18)

_Por medio del cual se deroga el Acuerdo Local_ _[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517)de 2025 por medio del cual se crea y se estructura el consejo local de salud mental comunitaria de Tunjuelito (CLOS-MEC)_

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO

en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 69 y 75 del Decreto Ley 1421 de 1993,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2) de la Constitución Política establece como fines esenciales del Estado garantizar la efectividad de los derechos y asegurar el cumplimiento de los principios de legalidad, coordinación y eficacia administrativa.

Que el artículo [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#103) de la Constitución Política reconoce la participación ciudadana como fundamento de la democracia, estableciendo mecanismos para el ejercicio de dicho derecho.

Que los artículos [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69) y [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#75) del Decreto Ley 1421 de 1993 facultan a las Juntas Administradoras Locales para adoptar acuerdos en los asuntos de su competencia, así como para modificarlos o derogarlos cuando sea necesario.

Que el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517) de 2025 creó el Consejo Local de Salud Mental Comunitaria de Tunjuelito (CLOS-MEC), estableciendo su objeto, composición y funciones.

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., en concepto del 27 de agosto de 2025, manifestó que la puesta en marcha del CLOS-MEC podría generar inconsistencias y duplicidades con la reglamentación distrital en elaboración y recomendó garantizar un alineamiento previo con el Acuerdo Distrital [974](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=171125) de 2024.

Que el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal IDPAC, en concepto del 6 de septiembre de 2025, indicó que el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517) de 2025 no cumple los requisitos normativos y técnicos exigidos para la creación de instancias de participación, especialmente los establecidos en el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152357#45) del Decreto Distrital 606 de 2023. Que, de acuerdo con dichos conceptos técnicos, el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517) de 2025 presenta vacíos normativos, imprecisiones, falta de articulación interinstitucional y riesgos operativos que impiden su adecuada implementación.

Que la derogatoria del Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517) de 2025 por medio del cual se crea y se estructura el consejo local de salud mental comunitaria de Tunjuelito (CLOS-MEC) constituye una medida necesaria para garantizar la seguridad jurídica, la coherencia normativa y la adecuada gestión administrativa y presupuestal en la localidad.

Que la derogatoria no implica la supresión de la participación comunitaria en salud mental, ni la desaparición de espacios existentes, sino una medida de corrección que permitirá adoptar futuras instancias articuladas con la reglamentación distrital. En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. OBJETO: Deróguese en su integridad el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=177517) de 2025, "Por medio del cual se crea y estructura el Consejo Local de Salud Mental Comunitaria de Tunjuelito (CLOS-MEC)". El acuerdo derogado dejará de producir efectos jurídicos y administrativos a partir de la vigencia del presente Acuerdo. ARTÍCULO 2. COMUNICACIÓN: Comuníquese el presente Acuerdo a la Alcaldía Local de Tunjuelito, a la Secretaría Distrital de Salud, a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., y al Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC, para lo de su competencia. ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN: Publíquese el presente Acuerdo en los medios oficiales, conforme a la normativa vigente. ARTÍCULO 4. VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación. PUBLIQUESE, EJECÚTESE Y CÚMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de diciembre del año 2025

HERNÁN REYES GOMÉZ

Presidente

Junta Administradora Local de Tunjuelito.

SINDY VIVIANA CASTIBLANCO RODRÍGUES

Vicepresidenta Junta Administradora Local de Tunjuelito.

WILMER ALEJANDRO MORENO ZAMBRANO

Secretario Junta Administradora Local de Tunjuelito.

El presente acuerdo es sancionado a los 18 días del diciembre año 2025

CLAUDIA VERONICA COLLANTE DUSSAN

Alcaldesa Local de Tunjuelito

NOTA: Ver norma original en anexos.

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