DECRETO 773 de 1994
Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 25 y 218 de la Ley 100 de 1993
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 773
- Año
- 1994
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política, 25 y 218 de Ley 100 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1ş. Mientras los Ministerios de Trabajo y Salud seleccionan las entidades que manejarán los aportes destinados a los fondos de que tratan los artículos 25 y 218 de la Ley 100 de 1993, estos deberán invertirse en títulos de participación del Banco de la República adquiridos directamente en el mercado primario por los respectivos Ministerios titulares de las cuentas a que hacen referencia los artículos citados.
Artículo 2.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente los Decretos 692 y 695 de 1994. Afecta la vigencia de: Adiciona DECRETO 692 de 1994 Adiciona DECRETO 695 de 1994
Publíquese, y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de abril de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, José Elías Melo Acosta.
El Ministro de Salud, Juan Luis Londońo de la Cuesta.
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