DECRETO 754 de 2013
por el cual se designa Ministro de Transporte ad hoc.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 754
- Año
- 2013
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923 y,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por la señora Ministra de Transporte, doctora Cecilia Álvarez Correa-Glen, para formar parte del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, que re comienda previo estudio del DNP, aprobar el plan de expansión portuaria que se acoge a través de documento Conpes; y así mismo, para la firma del decreto por el cual se adopta.
Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del despacho.
Que el Presidente de la República con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, determinó nombrar como Ministra de Transporte ad hoc a la Ministra de Educación Nacional, doctora María Fernanda Campo Saavedra.
DECRETA:
Artículo 1º.
Nómbrase como Ministro de Transporte ad hoc, a la doctora María Fernanda Campo Saavedra, Ministra de Educación Nacional, para formar parte del Consejo Nacional de Política Económica y Social Conpes, que recomienda previo estudio del DNP, aprobar el plan de expansión portuaria que se acoge a través de documento Conpes; y así mismo, para que firme el decreto por el cual se adopta.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de abril de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
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