DECRETO 738 de 1997
por medio del cual se reclasifica un Consulado, se suprime un cargo, se crean unos cargos y se hace un ascenso provisional en el servicio exterior
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 738
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2ş y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en Desarrollo del Decreto-Ley 10 de 1992.
DECRETA:
Artículo 1ş. Reclasifícase el Consulado de Colombia en Vancouver, Canadá, con jurisdicción en las provincias de British, Columbia, Alberta, Saskatcheman, Manitoba y Yukon, como Consulado General.
Artículo 2ş. Suprímese el cargo de Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, del Consulado de Colombia en Vancouver, Canadá, con una asignación básica mensual de tres mil doscientos dólares con 00/100 (US$3.200.0.0), actualmente ocupado por William Sydney Bush Howard.
Artículo 3ş. Créase en el Consulado General de Colombia en Vancouver, Canadá, un cargo de Cónsul General, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de cuatro mil quinientos dólares con 00/100 (US$4.500.00) y asciéndase provisionalmente a William Sydney Bush Hiward.
Artículo 4ş. Créase en el Consulado General de Colombia en Vancouver, Canadá, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 5 PA (local), con una asignación básica mensual de mil ciento setenta dólares con 00/100 (US$1.1700.00).
Artículo 5ş. Créase en el Consulado General de Colombia en Vancouver, Canadá, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA (local), con una asignación básica mensual de novecientos dólares con 00/100 (US$900.00).
Artículo 6ş. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 7.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Relaciones Exteriores, María Emma Mejía Vélez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
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