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DECRETO 736 de 2005

por el cual se modifica el Decreto 1015 de 2002.

Tipo
DECRETO
Número
736
Año
2005
Entidad
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y numerales 22 y 26, artículos 49 y 62 de la Constitución Política y la Ley 715 de 2001,

DECRETA:

Artículo 1ş. Adiciónase un parágrafo al artículo 1ş del Decreto 1015 de 2002, así:

"
Parágrafo.
El plazo establecido para decidir sobre las reclamaciones presentadas oportunamente al proceso liquidatorio será de tres (3) meses. El Superintendente Nacional de Salud, podrá prorrogar dicho plazo hasta por seis (6) meses adicionales, si la complejidad y volumen de reclamaciones presentadas o las condiciones de la liquidación evidencian la imposibilidad de decidir en el plazo seńalado en el presente parágrafo".

Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 1 DECRETO 1015 de 2002 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de marzo de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.

El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

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