DECRETO 727 de 1993
por la cual se prorroga una comisión de servicios al exterior.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 727
- Año
- 1993
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1°.
Prorrogar hasta el 8 de mayo de 1993, la comisión conferida mediante Decreto 697 del 14 de abril de 1993, al doctor Juan Manuel Santos C., Ministro de Comercio Exterior, para que viaje a la ciudad de Honolulú, con el fin de entrevistarse con el Presidente y demás autoridades del "PBEC" como parte de la gestión para el ingreso de Colombia a la Asian Pacific Econocim Council "APEC".
Artículo 2°.
El doctor Santos Calderón, tendrá derecho a pasajero aéreo en primera clase y a la suma de trescientos ochenta dólares (US$ 380.00) diarios de viáticos por el término de tres (3) días.
Artículo 3°.
Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta comisión se pagarán con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 4°.
Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de abril de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Miguel Silva Pinzón.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.