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Concepto 220251617 de 2025

Concepto 220251617 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica

Tipo
Concepto
Número
220251617
Año
2025
Fecha
19 de febrero de 2025
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CONCEPTO 220251617 DE 2025

(Febrero 19)

Bogotá D.C.,

Doctora: SANDRA MARGOTH VELEZ ABELLO SECRETARIA DE CULTURA RECREACION Y DEPORTE Dirección Electrónica:[correspondencia.externa@scrd.gov.co](mailto:correspondencia.externa@scrd.gov.co), [martha.leon@scrd.gov.co](mailto:martha.leon@scrd.gov.co) BOGOTÁ, D.C.

Asunto: CONCEPTO DE VIGENCIA DECRETO DISTRITAL[430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085)DE 2009 **

Referenciado: 1-2025-1819 Radicado: 2-2025-1617 Respetada Doctora Vélez, reciba un cordial saludo: Esta Dirección recibió comunicación de la Secretaría Distrital de Recreación y Deporte, radicada bajo el número 1-2025-1819 (rad. SDCRD 20251100013271) del 11 de febrero del presente, mediante la cual solicita: 1. SOLICITUD INICIAL 1.1. La Dirección Distrital de Política Jurídica, recibió la comunicación anteriormente mencionada, en los siguientes términos: _“(…) someter a su consideración el análisis sobre la perdida de vigencia del Decreto Distrital 430 de 2009 "Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño" considerando que la conformación de la Junta Directiva de FUGA, ha tenido los siguientes decretos (…)_ _(…) quedo atenta al pronunciamiento solicitado, con el fin de incluir de manera expresa la derogatoria del Decreto 430 de 2009, en el proyecto de Decreto Único Sector Cultura, Recreación y Deporte (…)”_ 2. COMPETENCIA 2.1. De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo [58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#58) del Decreto Distrital 479 de 2024, en concordancia con el procedimiento determinado en el artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129100#16) del Decreto Distrital 474 de 2022, le corresponde a la Secretaría Jurídica Distrital a través de la Dirección Distrital de Política Jurídica analizar y determinar la vigencia de decretos, resoluciones, directivas y circulares expedidas por la Alcaldía Mayor. 2.2. Por lo anterior, esta Dirección procederá con el pronunciamiento de vigencia, según la solicitud elevada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, esto es, la vigencia del Decreto Distrital [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009. 3. ANTECEDENTES 3.1. De acuerdo con el procedimiento establecido en artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129100#16) del Decreto 474 de 2022[1], la _"Secretaría Jurídica Distrital determinará la vigencia de los decretos, resoluciones, directivas y circulares expedidas por la Alcaldía Mayor. Para tal efecto, solicitará a las entidades y organismos que suscribieron o participaron en el acto que realicen el análisis de vigencia respectivo, quienes deberán emitirlo dentro de los diez (10) días siguientes al del recibo de la solicitud"._ 3.2. De conformidad con la competencia asignada según lo expuesto anteriormente, la Dirección Distrital de Política Jurídica de la Secretaría Jurídica Distrital, para el caso en concreto y con el fin de emitir respuesta a la solicitud de _“concepto normativo”_ relacionado con la vigencia del Decreto Distrital [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009 _“Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño"_, procedió a revisar el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá, encontrando que el mencionado decreto, fue expedido el 22 de septiembre de 2009 y que según lo estipulado en su artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085#3), empezó a regir a partir de la fecha de expedición. 3.3. Así mismo, tal como lo menciona en su escrito, posteriormente fue expedido el Decreto Distrital [531](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50396) de 2012 _"Por medio del cual se designan los miembros de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño"_, en el cual nuevamente se dispuso la derogatoria del Decreto Distrital [439](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34186) de 2008 sin que hubiera pronunciamiento alguno sobre la vigencia del Decreto [430 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085)de 2009. 4. CONSIDERACIONES DE LA DIRECCION DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA** 4.1. De conformidad con la solicitud elevada por la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte previamente referida, procede la Dirección Distrital de Política Jurídica de la Secretaría Jurídica Distrital a analizar y pronunciarse respecto de la vigencia del referido Decreto Distrital. 4.2. Se infiere que el Decreto Distrital [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009 _“Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño"_, fue derogado de forma tácita por el Decreto [531](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50396) de 2012 "_Por medio del cual se designan los miembros de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño"_, ya que, si bien no se señaló expresamente la derogatoria, se concluye que lo hace tácitamente, conforme a lo señalado por el Código Civil en el Capítulo [VI](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39535#C.4) _“Derogación de las leyes”_:

_“CAPITULO VI._ __ _DEROGACION DE LAS LEYES_ __ _ARTICULO 71. CLASES DE DEROGACION.__La derogación de las leyes podrá ser expresa o tácita. Es expresa, cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la antigua._ __ _Es tácita, cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior._ __ _La derogación de una ley puede ser total o parcial_. Por otra parte, la Honorable Corte Constitucional en sentencia C-229 del 21 de abril de 2015 respecto de la derogatoria tácita señaló que: _“(…) La derogación tácita encuentra su fundamento o razón de ser en que, existiendo dos leyes contradictorias de diversas épocas, tiene que entenderse que la segunda ha sido dictada por el legislador con el propósito de modificar o corregir la primera (…)”_ 4.3. Para el caso, se tiene que el Decreto [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009 señala los miembros de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, sin embargo, con el Decreto [531](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50396) de 2012 y normas posteriores se ha determinado en varias ocasiones los nuevos miembros de dicha junta, es decir las disposiciones contenidas en la norma posterior y subsiguientes no son conciliables con las del Decreto [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009. 5. CONCLUSIÓN De conformidad con los argumentos expuestos anteriormente, se pudo determinar que el Decreto [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41085) de 2009 se encuentra derogado tácitamente por el Decreto [531](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50396) de 2012, en consecuencia y de acuerdo a su solicitud, se considera que el mismo debe ser depurado de la normatividad distrital, teniendo en cuenta que esto puede realizarse por medio del Decreto Único Distrital Sector Cultura, Recreación y Deporte. Atentamente, DANIEL RICARDO CORTES TAMAYO DIRECTOR DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA Proyectó: CLAUDIA MARCELA CAMARGO CASTRO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA Revisó: CLAUDIA MARCELA CAMARGO CASTRO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA Aprobó: DANIEL RICARDO CORTES TAMAYO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

Nota: ver norma original en Anexos

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

* * * [1] Por medio del cual se adopta la Política de Gobernanza Regulatoria para el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones

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