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Resolución Reglamentaria 001 de 2025

Resolución Reglamentaria 001 de 2025 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
001
Año
2025
Fecha
10 de febrero de 2025
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 001 DE 2025 (Febrero 10)

[Derogada por el art 3°, Resolución 009 de 2025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178958#3)

_Por la cual se adopta el procedimiento para el trámite de hallazgos fiscales devueltos_

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 403 de 2020[1]y el Acuerdo Distrital 658 de 2016[2], y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política de Colombia, establece como obligación de las autoridades, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que de conformidad con los literales [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.b) y [l)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#4.l.l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993[3], se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Acuerdo Distrital No. 658 de 2016, en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#6) establece que _“En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”._ Que el numeral [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734#37.n.5) del artículo 37[4] del precitado Acuerdo, establece que es una de las funciones del Despacho del Contralor Auxiliar _"Dirigir y generar estrategias y modelos de gestión que garanticen la articulación e integración de los procesos de Estudios e Investigaciones Fiscales con el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal"._ Que mediante Resolución Reglamentaria No. [038](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138377) del 8 de octubre de 2018, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno - MECI en la Contraloría de Bogotá, D.C., con el fin de incorporar la estructura definida para la Dimensión 7 - Control Interno, del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual es de obligatorio cumplimiento y aplicación para las entidades y organismos a que hace referencia el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#5) de la Ley 87 de 1993.

Que con fundamento en los hallazgos, oportunidades de mejora y recomendaciones plasmadas en el informe final de la _"Auditoría al trámite de traslado y devolución de los hallazgos con incidencia fiscal"_, presentado por la Oficina de Control Interno, se considera necesario generar un procedimiento para el trámite de los hallazgos devueltos.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el siguiente procedimiento del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal: | No. | DOCUMENTO | CÓDIGO | VERSIÓN ---|---|---|--- 1 | Procedimiento para el trámite de hallazgos fiscales devueltos. | PVCGF-19 | 1.0

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes de la Contraloría de Bogotá D.C., velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173461).

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes febrero del año 2025.

JULIÁN MAURICIO RUIZ RODRÍGUEZ

Contralor de Bogotá D.C.

Nota: Ver norma original en Anexos.

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

* * * [1] _“Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal.”_

[2] Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 y 904 de 2023.

[3] _“Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones.”_

[4] Modificado por el artículo 11 del Acuerdo Distrital 664 de 2017.

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