DECRETO 699 de 2012
por el cual se modifica el Decreto 1630 de 2011
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 699
- Año
- 2012
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los numerales 1, 4 y 10 del artículo 4° de la Ley 1341 de 2009,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifícase el parágrafo 2° del artículo 3° del Decreto 1630 de 2011, el cual quedará así:
"
Parágrafo 2°.
Los comercializadores de equipos terminales móviles tendrán hasta el primero (1°) de octubre de 2012, para obtener la autorización para la venta al público de los equipos terminales móviles".
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (parágrafo 2 ) Artículo 3 DECRETO 1630 de 2011
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de abril de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano Vega.
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