Acuerdo Local 001 de 2026
Acuerdo Local 001 de 2026 Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 001
- Año
- 2026
- Fecha
- 8 de agosto de 2026
- Entidad
- Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 001 DE 2026
(Agosto 08)
_Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026_
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; el artículo 78 del Decreto 714 de 1996 y los artículos 308, 317 y 318 del Decreto 645 del 22 de diciembre de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que, a 31 de diciembre de 2025 el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe cerro la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de MIL DOSCIENTOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.215.433.755).
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular No. 04 del 02 de diciembre de 2025 y conforme a lo establecido en los artículos [317](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#317)° y [318](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#318)° del Decreto Distrital 645 de 2025, comunicó la decisión tomada en su sesión No. 36 celebrada el 28 de noviembre de 2025. Concepto previo favorable al Proyecto de Presupuesto vigencia 2026 Fondos de Desarrollo Local FDL y distribución de los excedentes financieros 2024 de los Fondos de Desarrollo Local.
Que en la Circular No. 04 del 02 de diciembre de 2025 al Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe se le asignó una partida de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000). Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular No. 02 del 10 de junio de 2026 y conforme a lo establecido en los artículos [317](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#317)° y [318](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#318)° del Decreto Distrital 645 de 2025, comunicó la decisión tomada en las sesiones No. 06 celebrada el 29 de abril de 2026 y sesión No. 08 celebrada el 29 de mayo de 2026. Determinación y distribución parcial de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2025.
Que en la Circular No. 02 del 10 de junio de 2026 al Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe se le asignó una partida de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.250.000.000). Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026, los recursos asignados por el CONFIS por valor total de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000). Que los recursos adicionales, serán distribuidos TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($300.000.000) proyecto de inversión 0230117459920242673 Rafael Uribe Uribe cultural y artística y MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.200.000.000) proyecto de inversión 0230117459920242768 Mitigación del Riesgo en Rafael Uribe Uribe.
Que el 24 de marzo de 2026 la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable No. 2-2026-16673, sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $250.000.000, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Rafael Uribe Uribe, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aporta al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local.
Que el 02 de julio de 2026 la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable No. 2-2026-37442, sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $1.250.000.000, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Rafael Uribe Uribe, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aporta al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local.
Que el 09 de julio de 2026 la Secretaría Distrital de Planeación, emite alcance al concepto previo favorable No. 2-2026-37442, sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $1.250.000.000, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Rafael Uribe Uribe, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aporta al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local.
Que la Alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local - JAL el proyecto de Acuerdo para la adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º. \- Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026, del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000), conforme al siguiente detalle: Artículo
2º. \- Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026, del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000), conforme al siguiente detalle: Artículo 3°. Comunicación. Una vez expedido el presente Acuerdo Local, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia. Artículo 4º.- Publicación. Publíquese el presente Acuerdo Local en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5º.- Vigencia y Derogatorias. El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los 08 días del mes de Agosto del año 2026.**
EDITH WARISON EDITH MARISOL RINCON PUENTES
Presidente Junta Administradora Localidad Rafael Uribe Uribe
FAUSTO ANDRÉS YATE OVALLE
Vicepresidente Junta Administradora Localidad Rafael Uribe Uribe
JAIME ALEXANDER BARBOSA VILLALBA
Secretario Junta Administradora Local
La Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, sanciona a los once (11) días del
mes de agosto de dos mil veintiséis (2026) el presente Acuerdo.
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO
Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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