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DECRETO 694 de 2003

por el cual se modifica el parágrafo transitorio del Decreto 522 de 2003.

Tipo
DECRETO
Número
694
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en la Ley 788 de diciembre 27 de 2002,

DECRETA:

Artículo 1°.

Plazo para inscripción en el régimen simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas. Modifícase el parágrafo transitorio del artículo 1° del Decreto 522 del 7 de marzo de 2003, el cual quedará así:

"Parágrafo transitorio. El plazo para la inscripción del régimen simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas, vencerá en las fechas que se indican a continuación, de acuerdo con el último dígito del documento de identificación: Si el último dígito es:

Hasta el día 0 14 de abril ańo 2003 9 15 de abril ańo 2003 8 16 de abril ańo 2003 7 21 de abril ańo 2003 6 22 de abril ańo 2003 5 23 de abril ańo 2003 4 24 de abril ańo 2003 3 25 de abril ańo 2003 2 28 de abril ańo 2003 1 29 de abril ańo 2003.

Afecta la vigencia de: Modifica (Parágrafo transitorio ) Artículo 1 DECRETO 522 de 2003 Artículo 2ş. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., 19 de marzo de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.

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