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DECRETO 690 de 2005

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4105 de 2004.

Tipo
DECRETO
Número
690
Año
2005
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 5ş y 6ş de la Ley 549 de 1999, el parágrafo 3ş del artículo 42 de la Ley 643 de 2001, 18 de la Ley 715 de 2001 y 51 de la Ley 863 de 2003,

DECRETA:

Artículo 1ş. El inciso 1ş del artículo 2ş del Decreto 4105 de 2004 quedará así "Los retiros de recursos de que trata el presente decreto se distribuirán entre las administradoras de Fonpet a prorrata de su participación en el total de recursos de capital administrados a la fecha de autorización del desembolso."

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso 1 ) Artículo 2 DECRETO 4105 de 2004 Artículo 2ş. Otórgase un plazo de tres meses, contados a partir de la vigencia del presente decreto, para las adaptaciones operativas y de información del Fonpet a que se refiere el parágrafo 3ş del artículo 1ş del Decreto 4105 de 2004.

Artículo 3ş. Otórgase un plazo de tres meses, contados a partir de la vigencia del presente decreto, para la elaboración de los formatos requeridos por parte de la Oficina de Bonos Pensionales a que se refiere el artículo 18.1 del Decreto 4105 de 2004.

Artículo 4ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

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