DECRETO 666 de 2009
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2883 de 2008
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 666
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales, en especial las que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, con sujeción a los artículos 3° de la Ley 6ª de 1971 y 2° de la Ley 7ª de 1991,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modificar los incisos 1° y 2° del artículo 11 del Decreto 2883 de 2008, los cuales quedarán así:
“Artículo 11. Homologación. Las sociedades de intermediación aduanera que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto tengan autorización vigente y las que hayan solicitado renovación dentro del término de ley y con el lleno de los requisitos, deberán adelantar el trámite de homologación cumpliendo los requisitos previstos en este decreto, dentro de los ocho (8) meses siguientes a su entrada en vigencia.
En consecuencia, vencidos los ocho (8) meses anteriormente señalados, sólo podrán actuar ante la autoridad aduanera las sociedades de intermediación aduanera que hayan solicitado la homologación cumpliendo con los requisitos previstos en el presente decreto”.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso 1 y 2 ) Artículo 11 DECRETO 2883 de 2008
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Viceministro Técnico encargado de las Funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Pablo Zárate Perdomo.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.