DECRETO 644 de 2002
por el cual se modifican los artículos 3° y 4° del Decreto 2445 del 23 de noviembre de 2000.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 644
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y de conformidad con el artículo 76 del Decreto 111 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1ş. Modificar los artículos 3ş y 4ş del Decreto 2445 del 23 de noviembre de 2000, en el sentido que se podrá asignar teléfono celular y vehículo de uso oficial con cargo a los recursos del tesoro público, al Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (en el sentido que se podrá asignar teléfono celular y vehículo de uso oficial con cargo a los recursos del tesoro público, al Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ) Artículo 3 DECRETO 2445 de 2000 Modifica parcialmente (en el sentido que se podrá asignar teléfono celular y vehículo de uso oficial con cargo a los recursos del tesoro público, al Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ) Artículo 4 DECRETO 2445 de 2000 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos Calderón.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.