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DECRETO 632 de 1990

por el cual se hace una delegación.

Tipo
DECRETO
Número
632
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 3° de la Ley 91 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 91 de 1989, creó el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, cuyos recursos serán manejados por una entidad fiduciaria estatal o de economía mixta, en la cual el Estado tenga más del 90% del capital;

Que la ley antes mencionada establece que la celebración del contrato podrá ser delegada en el Ministro de Educación Nacional,

DECRETA:

Artículo 1°.

Delégase en el Ministro de Educación Nacional, la facultad de celebrar el contrato de fiducia mercantil a que hace referencia el artículo 3° de la Ley 91 de 1989.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de marzo de 1990.

VIRGILIO BARCO El Secretario General de Presidencia, Germán Montoya Vélez.

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