DECRETO 592 de 1992
por el cual se modifica la planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1992.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 592
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artÝculo 3░ del Decreto n·mero 1211 de 1990, á áá
DECRETA:
á áá ArtÝculo 1║. La Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1992, queda constituida de la siguiente manera:á I. OFICIALES á
1. Ejercito á Escalaf¾n Regulará Escalaf¾n Complementá Generalá 3á áá Mayor Generalá 11á áá Brigadier Generalá 24á áá Coronelá 132á 10á Teniente Coronelá 215á 10á Mayorá 590á 10á Capitßná 900á áá Tenienteá 1.250á áá Subtenienteá 1.150á áá Totalá 4.275á 30á
2. Armada á Escalaf¾n Regulará Escalaf¾n Complement.á Almiranteá 1á áá Vicealmiranteá 5á áá Contralmiranteá 10á áá Capitßn de NavÝoá 52á 2á Capitßn de Fragataá 89á 2á Capitßn de Corbetaá 228á 2á Teniente de NavÝoá 297á áá Teniente de Fragataá 305á áá Teniente de Corbetaá 250á Totalá 1.237á 6á
3. Fuerza AÚrea. á Generalá 1á áá Mayor Generalá 5á áá Brigadier Generalá 10á áá Coronelá 40á 3á Teniente Coronelá 85á Mayorá 160á 2á Capitßná 238á Tenienteá 220á Subtenienteá 193á Totalá 952á 5á II. SUBOFICIALESá
1. Ejercito. á Sargento Mayorá 250á áá Sargento Primeroá 763á áá Sargento Viceprimeroá 1.660á áá Sargento Segundoá 3.450á áá Cabo Primeroá 3.400á áá Cabo Segundoá 4.325á áá Totalá 13.848á áá
2. Armada. á Suboficial Jefeá áá áá TÚcnico (SMIM)á 161á áá Suboficial Jefe (SPIM)á 335á áá Suboficial Primero (SVIM)á 489á áá Suboficial Segundo (SSIM)á 1.170á áá Suboficial Tercero (CPIM)á 1.125á áá Marinero (CSIM)á 1.425á áá Totalá 4.705á áá
3. Fuerza Aerea. á Suboficial T'Ú Jefe (SM)á 118á áá Suboficial TÚcnico Subjefe (SP)á 289á áá Suboficial TÚcnico Primero (SV)á 269á áá Suboficial TÚcnico Segundo (SS)á 521á áá Suboficial TÚcnico Tercero (CP)á 543á áá Suboficial TÚcnico Cuarto (CS)á 400á áá Totalá 2.140á áá ArtÝculo 2 ║ Con el prop¾sito de hacer viable la ejecuci¾n de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberßn hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto 1211 de 1990, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la instituci¾n.á áá ArtÝculo 3║ .
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n.á áá PublÝquesey c·mplase.á áá Dado en SantafÚ de Bogotß, D. C., a 6 de abril de l992.á áá CESAR GAVIRIA TRUJILLO á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito Publico,á áá Rudolf Hommes Rodriguez. á áá El Ministro de Defensa Nacional,á áá Rafael Pardo Rueda. á
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