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DECRETO 589 de 2010

por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 30 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el artículo primero del Decreto 4943 de 2009.

Tipo
DECRETO
Número
589
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 258 de la Ley 100 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1°.

Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 30 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el artículo 1° del Decreto 4943 de 2009:

"
Parágrafo 4°.
Cuando el subsidio económico contemple el otorgamiento de medicamentos o ayudas técnicas, el Ministerio de la Protección Social podrá seleccionar directamente los beneficiarios previa convocatoria y verificación de requisitos".

Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmente (Parágrafo 4 ) Artículo 30 DECRETO 3771 de 2007

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2010.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

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