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CIRCULAR EXTERNA 007 de 2014

LEY DE GARANTIAS ELECTORALES.

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
007
Año
2014
Entidad
Instituto Nacional de Metrología
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Respetados y Estimados Doctores De manera atenta, teniendo en cuenta que de conformidad con el calendario electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, las pr6ximas elecciones presidenciales se llevaran a cabo el 25 de mayo de 2014, es importante que se tengan en cuenta los siguientes aspectos relacionados con la Ley de Garantías (Ley 996 de 2005):

En materia de contratación pública, se debe tener presente que hasta el 24 de enero de 2014, pueden suscribirse contratos bajo la modalidad de contratación directa, sin importar el régimen legal de contratación de la respectiva entidad pública, toda vez que las restricciones en época preelectoral no tienen limitación alguna en ese sentido.

Durante este periodo, se pueden suscribir adiciones, modificaciones y suspensiones a los contratos que se hayan suscrito antes de iniciar la restricción, siempre y cuando se respeten los principios de la contratación pública, no se desnaturalicen los objetos de los mismos y no se superen los tapes máximos para adición establecidos en la Ley 80 de 1993.

Con relación a las restricciones relacionadas con la provisión de cargos, es importante observar lo establecido en el artículo 32 de la Ley 996 de 2005.

"ARTICULO 32. VINCULACION A LA NOMINA ESTATAL. Se suspenderá cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal, en la Rama Ejecutiva del Poder Público, durante las cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si fuere el caso. Se exceptúan de la presente disposición, las casos a que se refiere el inciso segundo del artículo siguiente".

En consecuencia, no se podrán realizar nombramientos a partir del 24 de enero de 2014, salvo que los mismos obedezcan a ausencias absolutas, par muerte o renuncia irrevocable.

Así mismo, se recuerda que desde el 9 de noviembre de 2013, no se pueden suscribir convenios o contratos interadministrativos con entes del orden territorial que impliquen la ejecución de recursos públicos.

Cordialmente, SANTIAGO ROJAS ARROYO Ministro Comercio, Industria y Turismo.

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