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DECRETO 557 de 1994

por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades

Tipo
DECRETO
Número
557
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y especialmente las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

- Que el artículo 34 del Decreto 2155 de 1992 determinó las funciones del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades.

- Que el Decreto 2020 del 11 de octubre de 1993 estableció la composición del mismo.

- Que es necesario reglamentar el funcionamiento del citado organismo,

DECRETA:

Artículo 1.

ş Los miembros del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades que no sean funcionarios públicos percibirán unos honorarios de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), moneda corriente, por cada sesión a la que asistan. Dichos honorarios se pagarán con cargo al rubro respectivo de la Superintendencia de Sociedades.

Artículo 2.

ş Los miembros del citado Consejo que no tengan la calidad de funcionarios públicos, se posesionarán ante el Ministro de Desarrollo Económico.

Artículo 3.

ş El Consejo se reunirá a solicitud del Superintendente de Sociedades previa citación efectuada con no menos de tres (3) días de anticipación.

Artículo 4.

ş Habrá quórum deliberativo con la asistencia de tres (3) de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes.

Artículo 5.

ş De cada reunión se levantará un acta que constará en un Libro de Actas del Consejo.

Artículo 6.

ş El Consejo tendrá un Secretario designado por el Superintendente de Sociedades, que podrá ser escogido entre los funcionarios de la Superintendencia.

Artículo 7.

ş El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C, a 16 de marzo de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Desarrollo Económico, Mauricio Cárdenas Santa María.

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