Jurismart

DECRETO 515 de 1991

por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.

Tipo
DECRETO
Número
515
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940.

DECRETA:

Artículo 1ş. Apruébase el Acuerdo número 1 de 1991 del Comité de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

<<ACUERDO NUMERO 1 DE 1991 (enero 24)

El Comité Nacional de cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

a) Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios; b) Que la cláusula duodécima del actual Contrato de Administración y Manejo del Fondo Nacional del Café, suscrito por el Gobierno Nacional y la Federación Nacional de Cafeteros el 22 de diciembre de 1988, establece que " Los ingresos y egresos corrientes, cuya diferencia es el excedente comercial, los que conforman los otros ingresos y egresos de que trata la cláusula novena y Financiación prevista en la cláusula décima del citado contrato, integran el Presupuesto General del Fondo Nacional del Café.

Para cada ańo calendario, y durante el último trimestre del ańo anterior, este Presupuesto se preparará por la federación, se aprobará por el Comité Nacional, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, y se ratificará posteriormente mediante decreto del Gobierno"; c) Que el proyecto general de presupuesto del Fondo Nacional del Café para la vigencia de 1991, fue estudiado los días 20 y 30 de noviembre y 12 y 28 de diciembre de 1990 por los Miembros integrantes de la Comisión designada para tal fin por el Comité Nacional de Cafeteros en su sesión del 1ş de noviembre de 1990. d) Que en reunión celebrada el 21 de enero de 1991, con asistencia del seńor Ministro de Hacienda, el Jefe de Departamento Nacional de Planeación, de los seńores Gerente General, Subgerente General y Gerente Financiero (E.) de la Federación y de los Asesores del Gobierno para Asuntos Cafeteros y con la previa autorización de los miembros cafeteros integrantes de la Comisión se facultó ampliamente al seńor Subgerente general de la Federación para elaborar y presentar al Comité Nacional el informe final de la precitada Comisión de Presupuesto; e) Que el Comité Nacional de Cafeteros en su sesión del 24 de enero de 1991, con el voto expreso y favorable del seńor Ministro de Hacienda y Crédito Público, acogió integralmente dicho informe:

ACUERDA:

Artículo 1ş. Apruébase el Presupuesto General del Fondo Nacional de Café para la vigencia de 1991, con la siguiente composición:

INGRESOS CORRIENTES Por ventas de café $502.768.000.000 Transferencias con destino al Fondo Nacional del Café 21.504.700.000 Transferencias Federación - Comités (ley 09/91) 21.504.700.000 Contribución neta al Fondo Nacional del Café 12.131.900.000 Ingresos por Impuestos y Contribuciones para el Fondo Nacional del Café 4.323.400.000 Transferencias destinación especial Federación -Comités 3.069.200.000 Ingresos financieros 92.909.000.000 Otros Ingresos Corrientes 805.600.000 TOTAL INGRESOS CORRIENTES $659.016.500.000 EGRESOS CORRIENTES Compras de Café 367.630.000.000 Gastos de Operación y Comercialización Café en el interior y en el exterior 115.395.900.000 Transferencias a pagar 26.934.500.000 Impuestos ad- valorem a pagar 3.623.900.000 Gastos Financieros 7.098.200.000 TOTAL EGRESOS CORRIENTES $520.682.500.000 Transferencias a Federación - Comités 21.504.700.000 Transferencias destinación especial Federación - Comités 3.069.200.000 Resultado Neto Operación Corriente 113.760.100.000 Otros Ingresos y Egresos Otros Ingresos 73.500.00 Otros Egresos:

- Programa de Subsidios Fomento y Diversificación $38.213.000.000
- Programa de Inversión 27.485.500.000
- Préstamos concedidos 770.000.000
- Servicios Prestados al Fondo Nacional por la Federación de Cafeteros 40.156.400.000
- Gastos Varios 21.418.000.000
- Amortización deuda largo plazo 2.754.700.000 TOTAL OTROS EGRESOS 130.797.600.000 TOTAL INGRESOS Y EGRESOS NETOS (130.724.100.000)
DEFICIT DEL PRESUPUESTO ($16.964.000.000) Financiación del Déficit 16.964.000.000
Parágrafo primero. La partida de egresos por $ 40.156.400.000 de servicios prestados al Fondo Nacional del Café por la Federación de Cafeteros, se descompone así:

Administración General moneda nacional $18.818.900.000 Administración General moneda extranjera $4.025.400.000
- Prestación de Servicios $17.312.100.000 Parágrafo segundo. El mondo del rubro "Administración General en Moneda extranjera" corresponde a US$ 6.389.541, liquidados para efectos del cálculo presupuestario a un tipo de cambio de $ 630.00 por dólar no obstante lo cual la Federación hará su ejecución en divisas extranjeras.

Artículo 2ş. Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del seńor Presidente de la República por conducto del seńor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Aprobado en Bogotá, D.E., a los veinticuatro (24) días del mes de enero de mil novecientos noventa y uno (1991).

El Presidente, (Fdo.) Rodrigo Ocampo Ospina.

EL Secretario (Fdo.) Hernando Galindo Mayne>>.

Artículo 2ş. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.E., a 22 de febrero de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Rudolf Hommes Rodriguez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar