DECRETO 500 de 2005
por medio del cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de Cajanal S. A. EPS en Liquidación.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 500
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artÝculo 189 de la Constituci¾n PolÝtica de Colombia y el artÝculo 115 de la Ley 489 de 1998, yá áá
CONSIDERANDO:
á áá Que el Gobierno Nacional expidi¾ el Decreto 4409 del 30 de diciembre de 2004 en virtud del cual se dispuso la disoluci¾n y liquidaci¾n de Cajanal S. A. EPS;á áá Que Cajanal S. A. EPS en Liquidaci¾n, present¾ al Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, el estudio tÚcnico de que trata el artÝculo 46 de la Ley 909 de 2004;á áá Que el liquidador de Cajanal S. A. EPS en liquidaci¾n someti¾ a la aprobaci¾n del Gobierno Nacional la modificaci¾n de la planta de personal;á áá Que Cajanal S. A. EPS en liquidaci¾n cuenta con certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Direcci¾n General del Presupuesto P·blico Nacional del Ministerio de Hacienda y CrÚdito P·blico, necesario para modificar y suprimir su planta de personal,á áá
DECRETA:
á áá
ArtÝculo 1░. SuprÝmense de la Planta de Personal de Cajanal S. A. EPS en Liquidaci¾n, los siguientes empleos p·blicos:á N░ de Cargos á Denominaci¾n del cargo á C¾digo á Grado á Uno (1)á Presidente de Entidad Descentralizadaá 0015á 25á Uno (1)á Vicepresidente de Entidad Descentralizadaá 0040á 23á Cinco (5)á Director Territorialá 0042á 10á Uno (1)á Director Territorialá 0042á 11á Uno (1)á Jefe de Oficina Asesora de Planeaci¾ná 1045á 14á Dos (2)á Profesional Especializadoá 3010á 19á Uno (1)á Profesional Especializadoá 3010á 17á Uno (1)á Secretario Ejecutivoá 5040á 22á áá ArtÝculo 2║. SuprÝmense de la Planta de Personal de Cajanal S. A. ESP en liquidaci¾n, cuatrocientos veintisiete (427) cargos de Trabajadores Oficiales.á áá ArtÝculo 3░. A partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento de fuero sindical o del tÚrmino de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos sociales quedarßn automßticamente suprimidos los cargos que se relacionan a continuaci¾n:á áá CARGOS TRABAJADORES OFICIALES FUERO SINDICAL á áá N░ de Cargo á Denominaci¾n del cargo á Grado á (1) Unoá Profesional Especializadoá 3á (1) Unoá Profesional Especializadoá 7á (4) Cuatroá Profesional Universitarioá 1á (5) Cincoá TÚcnico Administrativoá 2á (1) Unoá TÚcnico Administrativoá 3á (5) Cincoá TÚcnico Administrativoá 4á (1) Unoá Secretario Ejecutivoá 2á (2) Dosá Secretario Ejecutivoá 3á (3) Tresá Secretarioá 1á (4) Cuatroá Secretarioá 2á (3) Tresá Operario Calificadoá 1á (4) Cuatroá Conductor Mecßnicoá 3á (5) Cincoá Auxiliar Administrativoá 1á (1) Unoá Auxiliar Administrativoá 2á (2) Dosá Auxiliar de Servicios Generalesá 2á Parßgrafo. En defensa de la garantÝa constituida por el fuero sindical, los anteriores cargos se mantendrßn temporalmente vigentes en la planta de personal, hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artÝculo.á áá ArtÝculo 4░. A partir del 31 de mayo de 2005 suprÝmense de la planta de personal de Cajanal S. A. EPS en liquidaci¾n, los siguientes cargos:á áá a) Empleos P·blicos:á N░ de Cargos á Denominaci¾n del cargo á C¾digo á Grado á (1) Unoá Vicepresidente de Entidad Descentralizadaá 0040á 23á (2) Dosá Jefe de Oficinaá 0137á 20á (2) Dosá Asesorá 1020á 10á (1) Unoá Jefe de Oficina Asesora de JurÝdicaá 1045á 14á (1) Unoá Conductor Mecßnicoá 5310á 15á b) Trabajadores Oficiales:á áá SuprÝmense de la Planta de Personal de Cajanal S. A. ESP en liquidaci¾n, cincuenta y siete (57) cargos de Trabajadores Oficiales.á áá ArtÝculo 5║. Las indemnizaciones de los trabajadores oficiales a quienes se les suprima el cargo, se reconocerßn y pagarßn de conformidad con lo previsto en la ley, el contrato de trabajo respectivo, las convenciones colectivas, los laudos arbitrales y las disposiciones legales vigentes.á áá ArtÝculo 6║. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y modifica en lo pertinente el Decreto 062 de 2004 y demßs disposiciones que le sean contrarias.á Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinenteáá DECRETO 62 de 2004 áá PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Bogotß, D. C., a 25 de febrero de 2005.á áá ┴LVARO URIBE V╔LEZ á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Alberto Carrasquilla Barrera. á áá El Ministro de la Protecci¾n Social,á áá Diego Palacio Betancourt. á áá La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, encargada de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Carla Liliana Henao Carmona. á
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