DECRETO 476 de 2000
Por el cual se modifica el artículo 18 del Decreto 26 de 1998.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 476
- Año
- 2000
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 20 del artÝculo 189 de la Constituci¾n PolÝtica, á
DECRETA:
á ArtÝculo 1 ║. ModifÝcase el artÝculo 18 del Decreto 26 de 1998, el cual quedarß asÝ: á A los comisionados al exterior se les podrß suministrar pasajes aÚreos; marÝtimos o terrestres s¾lo en clase econ¾mica. á El Presidente de la Rep·blica, el Vicepresidente de la Rep·blica, los Ministros del despacho, el Presidente del Senado de la Rep·blica, el Presidente de la Cßmara de Representantes, el Contralor General de la Rep·blica, el Procurador General de la Naci¾n, el Fiscal General de la Naci¾n, los Presidentes de las Altas Cortes, el Registrador Nacional del Estado Civil, el Defensor del Pueblo, podrßn viajar en primera clase. á Los Viceministros del despacho, los Directores y Subdirectores de los Departamentos Administrativos, los miembros del Congreso, los Embajadores, los Magistrados de las altas cortes y los Superintendentes, podrßn viajar en clase ejecutiva. á Parßgrafo. Los Embajadores y Embajadores en Misiones Especiales podrßn viajar en primera clase, previa autorizaci¾n del Ministro de Relaciones Exteriores.á TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificadoá ArtÝculo 1áDECRETO 2890 de 2005 Afecta la vigencia de: Modificaáá ArtÝculo 18áDECRETO 26 de 1998 ArtÝculo 2║. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n.á PublÝquese, comunÝquese y c·mplase. á áá Dado en Santa Fe de Bogotß, D. C., a 16 de marzo de 2000. á áá ANDRES PASTRANA ARANGO á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico, á áá Juan Camilo Restrepo Salazar. á
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