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DECRETO 461 de 1995

Por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto 411 del 7 de marzo de 1995.

Tipo
DECRETO
Número
461
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 de la Constitución Política, 2° del Decreto 1666 de 1991 y 34 del Decreto 1950 de 1973,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificar el artículo 3° del Decreto 411 del 7 de marzo de 1995, en el sentido que los gastos ocasionados por la comisión del Ministro de Minas y Energía, doctor Jorge Eduardo Cock Londońo, de la ciudad de Washington, como son pasajes aéreos de ida y regreso y viáticos diarios, serán con cargo al presupuesto de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol y no como allí aparece.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D C., a 16 de marzo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.

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