DECRETO 449 de 1994
por el cual se reglamenta parcialmente la cuenta única nacional
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 449
- Año
- 1994
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro de Gobierno Delegatario de las Funciones Presidenciales, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el ordinal 11 del artÌculo 189 de la ConstituciÛn PolÌtica y de las legales que le otorgan, el artÌculo 82 de la Ley 38 de 1889 y el Decreto 408 de 1994 sobre delegaciÛn de funciones presidenciales,† ††
DECRETA:
† †† ArtÌculo 1 ∫ Los Ûrganos que hacen parte del Presupuesto General de la NaciÛn que reciban ingresos que no estÈn incluidos en el Presupuesto a nombre del respectivo Ûrgano, deber·n consignar tales Ingresos el mismo dÌa de su percepciÛn en la Cuenta que para tal efecto determine el Ministerio de Hacienda y CrÈdito P˙blico - DirecciÛn del Tesoro Nacional.† †† ArtÌculo 2 ∫ El Ministerio de Hacienda y CrÈdito P˙blico - DirecciÛn General del Presupuesto Nacional podr· autorizar, en forma general o particular, a los Organos que requieran mantener estos recursos a su nombre, para depositarlos en cuentas especiales a nombre de la DirecciÛn del Tesoro Nacional, seguido del nombre del Ûrgano respectivo.† †† Par·grafo. La DirecciÛn General del Presupuesto deber· informar a la DirecciÛn del Tesoro Nacional el otorgamiento de las autorizaciones de que trata el presente artÌculo para la asignaciÛn de las respectivas cuentas especiales. † †† ArtÌculo 3 ∫ El presente Decreto rige a partir de la fecha de su promulgaciÛn y deroga las disposiciones que le sean contrarias.† †† PublÌquesey c˙mplase.† †† Dado en SantafÈ de Bogot·, D. C., a 25 de febrero de 1994.† †† FABIO VILLEGAS RAMIREZ † †† El Viceministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico,† †† HÈctor JosÈ Cadena Clavijo. †
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