DECRETO 440 de 1997
por el cual se modifica el Decreto 741 del 20 de abril de 1993.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 440
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, las Leyes 72 de 1989 y 37 de 1993; los Decretos-leyes 1900 y 1901 de 1990 y el Decreto Autónomo 2122 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1ş. El artículo 65 del Decreto 741 de 1993 quedará así:
"Cubrimiento en los nuevos departamentos. Los operadores del servicio de telefonía móvil celular a quienes se otorgue la concesión para el área oriental deberán asumir la prestación de este servicio en los nuevos departamentos, y en los planes de expansión correspondientes deberán asegurar el desarrollo del servicio en estos territorios teniendo como fecha límite para el cumplimiento de esta obligación hasta el 1ş de julio de 1997".
Afecta la vigencia de: Modifica
Artículo 65.
DECRETO 741 de 1993 Artículo 2ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones reglamentarias que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Comunicaciones, Saulo Arboleda Gómez.
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