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DECRETO 401 de 1994

por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
401
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política.

DECRETA:

Artículo 1.

ş Los ingresos provenientes de los ajustes por inflación de que trata el Título V del Libro I del Estatuto Tributario, no deben incluirse en el valor de los ingresos requeridos en la declaración de impuestos sobre las ventas.

Artículo 2.

ş Para efectos del ajuste del Patrimonio Líquido al comienzo de cada período gravable se deberán tomar las mismas bases que fueron tenidas en cuenta para el ajuste de los activos no monetarios que integran dicho patrimonio.

JURISPRUDENCIA Anulado Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 5612 de 1994 Denegada la suspensión provisional Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 5612 de 1994

Artículo 3.

ş El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el artículo 41 del Decreto 2076 del 23 de diciembre de 1992 y demás normas que le sean contrarias. JURISPRUDENCIA Denegadas las suplicas Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 5612 de 1994 Denegada la suspensión provisional Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 5612 de 1994 Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 41 DECRETO 2076 de 1992 Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 18 de febrero de 1994 CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Publico, Rudolf Hommes.

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