Jurismart

DECRETO 399 de 1996

por el cual se decide sobre la solicitud de revocatoria del Decreto 529 del 29 de marzo de 1995.

Tipo
DECRETO
Número
399
Año
1996
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 69 del Decreto 01 de 1984,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, el Presidente de la República retiró del servicio al doctor Elver Arango Correa, Notario Cuarto del Círculo de Cali, Valle;

Que mediante comunicación de fecha noviembre 8 de 1995, el doctor Arango Correa solicitó la revocatoria den Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, con fundamento en el numeral 3° del artículo 69 del Código Contencioso Administrativo;

Que el artículo 71 del Código Contencioso Administrativo establece "La revocatoria podrá cumplirse en cualquier tiempo, inclusive en relación con actos en firme o aun cuando se haya acudido a los Tribunales Contencioso Administrativos, siempre que en este último caso no se haya dictado auto admisorio de la demanda" (subrayado extratextual);

Que el doctor Arango Correa presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación, Ministerio de Justicia y del derecho, ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, con el fin de que se declare la nulidad del mencionado Decreto objeto de su solicitud de revocatoria y de que se le restablezca en su derecho. Tal demanda fue admitida mediante auto de fecha 23 de junio de 199;

En mérito de lo expuesto;

DECRETA:

Artículo 1°.

No revocar el Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, mediante el cual se retiró del servicio al doctor Elver Arango Correa, Notario Cuarto del Círculo de Cali, Valle.

Artículo 2°.

Comunicar al peticionario la presente decisión.

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministerio de Justicia y del Derecho, Carlos Eduardo Medellín Becerra.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar