LEY 2594 de 2026
por medio de la cual se reconoce el carácter de factor salarial a la bonificación judicial de los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación, la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial.
- Tipo
- LEY
- Número
- 2594
- Año
- 2026
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1°.
Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer el carácter de factor salarial a la Bonificación Judicial de que tratan los Decretos números 382, 383, 384 de 2013, 022 de 2014 y 1269 de 2015, los cuales crearon y regularon una Bonificación Judicial para los servidores públicos la Fiscalía General de la Nación, la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, que se reconocería mensualmente y constituiría únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de la Seguridad Social en Salud.
Artículo 2°.
Bonificación Judicial como factor salarial. La Bonificación Judicial de que tratan los Decretos números 382, 383, 384 de 2013, 022 de 2014 y 1269 de 2015 constituirá factor salarial para todos los efectos legales sin excepción.
Artículo 3°.
Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del Honorable Senado de la República, Lidio Arturo García Turbay El Secretario General del Honorable Senado de la República, Diego Alejandro González González.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Julián David López Tenorio.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada a 6 de julio de 2026.
GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas.
El Ministro de Justicia y del Derecho, Jorge Iván Cuervo Restrepo.
El Ministro de Defensa Nacional, Pedro Arnulfo Sánchez Suárez.
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