DECRETO 386 de 1993
por el cual se modifica el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto 57 de 1993.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 386
- Año
- 1993
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 04 de 1992 en su artículo 14, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 57 de 1993 estableció un régimen salarial y prestacional para los servidores públicos vinculados a la Rama Judicial y a la Justicia Penal Militar;
Que en su artículo 2° el Decreto citado fijó un plazo para optar por el régimen salarial y prestacional propuesto, con vencimiento de 28 de febrero de 1993;
Que es imperativo que quienes van a optar o no por el régimen salarial y prestacional establecido por el Decreto 57 de 1993, dispongan del tiempo suficiente para realizar un análisis cuidadoso de todos los elementos que intervienen en su elección,
DECRETA:
Artículo 1°.
Ampliar el plazo fijado por el Decreto 57 de 1993 en su artículo 2°, hasta el 31 de marzo de 1993.
Afecta la vigencia de: Amplía Artículo 2 DECRETO 57 de 1993
Artículo 2°.
Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones vigentes.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Justicia y del Derecho, Andrés González Díaz.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
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