LEY 2543 de 2025
por medio del cual la nación se vincula a la conmemoración de los 70 años de existencia de la universidad pedagógica nacional y los 100 años del Instituto Pedagógico Nacional y rinde homenaje a la Comunidad Universitaria y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- LEY
- Número
- 2543
- Año
- 2025
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º.
La Nación se vincula a la conmemoración y homenaje público a la Universidad Pedagógica Nacional, con motivo de la celebración de sus setenta (70) años de existencia y a los cien (100) años del Instituto Pedagógico Nacional.
Artículo 2º.
La Nación hace un reconocimiento a la Universidad Pedagógica Nacional, al Instituto Pedagógico Nacional; a los integrantes de su comunidad educativa, y exalta su destacada trayectoria en la educación y aporte invaluable al desarrollo de lo académico, pedagógico, investigativo, cultural, social, comunitario, económico, histórico, patrimonial, y a la construcción de paz en el país.
Artículo 3º.
A partir de la promulgación de la presente ley, autorícese al Gobierno nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, las partidas presupuestales necesarias para financiar proyectos misionales articulados a los ejes estratégicos de desarrollo de la Universidad Pedagógica Nacional y del Instituto Pedagógico Nacional, que permitan fortalecer las capacidades institucionales, priorizando la atención de necesidades en infraestructura física y dotacional, sistemas de información, investigación, innovación, bienestar, extensión, e internacionalización.
Artículo 4°.
Autorícese al Gobierno nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente ley ajustándose al Marco Fiscal de Mediano Plazo y al Marco de Gasto de Mediano Plazo.
Artículo 5º.
Facúltese al Gobierno nacional y al Congreso de la República para expedir los reconocimientos documentales y simbólicos que exalten los onomásticos de la Universidad Pedagógica Nacional y. del Instituto Pedagógico Nacional.
Artículo 6°.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la República, Lidio Arturo García Turbay.
El Secretario General del Honorable Senado de la República, Diego Alejandro González González.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Julián David López Tenorio.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada a 16 de septiembre de 2025.
GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro de Educación Nacional, José Daniel Rojas Medellín.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
LEY 2564 de 2026
-
LEY 2565 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(12/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2566 de 2026
-
LEY 2567 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(19/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2568 de 2026