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LEY 2347 de 2024

por medio de la cual se establece el 12 de octubre de cada año como el Día de la Diversidad Étnica y Cultural de la nación colombiana.

Tipo
LEY
Número
2347
Año
2024
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

Establézcase el 12 de octubre de cada año como el Día de la Diversidad Étnica y Cultural de la nación colombiana, el cual será en lo sucesivo día de fiesta nacional.

Artículo 2°.

Las entidades de los órdenes nacional, departamental y municipal aunarán esfuerzos para hacer visible y exaltar la diversidad étnica y cultural de la nación, mediante acciones afirmativas que reivindicarán el reconocimiento, en igualdad de condiciones, de todas las etnias y culturas que habitan en el territorio colombiano, desarrolladas en el marco cultural, educativo, pedagógico y comunitario, del Estado colombiano.

Parágrafo.
Al año siguiente de entrada en vigencia la presente ley, y de manera sucesiva anualmente, el Ministerio del Interior y el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, de forma coordinada, articulada y conjunta, deberán presentar el 12 de octubre de cada año al Congreso de la República a través de las Comisiones Sextas del Senado y la Cámara de Representantes, un único informe público sobre las acciones afirmativas emprendidas por las entidades públicas del orden nacional y territorial junto con los resultados alcanzados y el impacto logrado con las acciones positivas para hacer visible y exaltar la diversidad étnica y cultural de la nación.

Artículo 3°.

La presente ley rige desde su promulgación y deroga el artículo 1° de la Ley 25 de 1892 y todas las disposiciones que le sean contrarias TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 1 LEY 25 de 1892 Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 1 LEY 25 de 1892 El Presidente del honorable Senado de la República, Iván Leonidas Name Vásquez.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Andrés David Calle Aguas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada a 8 de febrero de 2024.

GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro del Interior, Luis Fernando Velasco Chaves.

El Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes, Juan David Correa Ulloa.

La Ministra de Igualdad y Equidad, Francia Elena Márquez Mina.

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