LEY 2329 de 2023
Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1361 de 2009 y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- LEY
- Número
- 2329
- Año
- 2023
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifíquese y adiciónese un parágrafo al artículo 6° de la Ley 1361 de 2009, modificado por la Ley 1857 de 2017 el cual quedaría así:
Artículo 6°.
Día Nacional de la Familia. Declárese el 15 de mayo de cada año, como el “Día Nacional de la Familia”.
El Día de la Familia será también el “Día sin Redes”, para lo cual los operadores de telecomunicaciones de internet y telefonía móvil en cumplimiento a la función social que les asiste, promoverán mensajes que durante ese día inviten a los usuarios a un uso responsable de todos los medios digitales, adviertan los riesgos que conllevan y a dedicarle tiempo de calidad, a los miembros de su familia.
El Gobierno nacional diseñará e implementará campañas pedagógicas que realcen el valor de la familia como núcleo fundamental de la sociedad y la importancia del diálogo presencial e intergeneracional entre los miembros de la familia. Así mismo, el Gobierno nacional podrá solicitar un espacio institucional, en horario prime, a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), para promover las campañas, en concordancia con el Acuerdo 002 de 2011.
Parágrafo.
El 26 de septiembre de cada año, se realizarán campañas previas para la sensibilización a efecto de visibilizar la composición y características de las familias múltiples.
Para tal efecto, se destinarán los espacios institucionales en iguales términos, de los que trata este artículo.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 6 LEY 1361 de 2009
Artículo 2°.
Modifíquese y adiciónese el artículo 8° de la Ley 1361 de 2009, el cual quedaría así:
Artículo 8°.
Familias numerosas y familias múltiples. Teniendo en cuenta la importancia de la familia dentro de la sociedad, el Gobierno nacional establecerá las estrategias y acciones necesarias a fin de proteger y apoyar a las familias numerosas y familias múltiples.
Se considerarán familias numerosas, aquellas familias que reúnen más de 3 hijos.
Se consideran familias múltiples aquellas que gestaron dos o más hijos producto de un mismo parto.
Estos conceptos no serán excluyentes, y se aplicarán por igual los beneficios legales garantizados por el Estado, tanto a las familias numerosas como a las familias múltiples.
Parágrafo.
Agréguese un campo al formato de Registro Civil, donde se especifique que el menor es producto de un embarazo múltiple indicando el número de hijos nacidos en el mismo parto. Los nacidos antes de esta ley, podrán realizar declaración ante notario donde manifiesten tal calidad, sin costo alguno.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 8 LEY 1361 de 2009
Artículo 3°.
Adiciónese un artículo a la Ley 1361 de 2009, el cual quedaría así:
Artículo 8A. Las entidades promotoras de salud públicas y privadas, o quien haga sus veces, deberán adaptar sus servicios para las familias numerosas y múltiples modificando sus reglamentos en lo pertinente.
Deberán incluir en sus programas de asesoría prenatal información sobre embarazos múltiples, así como atención y seguimiento psicosocial especializada, en cualquier etapa del embarazo y garantizar el acceso a un especialista en medicina materno-fetal para su control y seguimiento que según criterio médico sea necesario para el correcto desarrollo del embarazo.
En etapas postnatales deberán facilitar el acceso a servicios a domicilio para niños prematuros en plan canguro y vacunación, consulta especializada, atención psicológica, psiquiátrica y neurológica y demás servicios que según criterio médico se requieran para el correcto desarrollo.
Las entidades a las que se refiere este artículo capacitarán el personal médico para la atención idónea de partos por embarazos múltiples en todos los centros médicos.
Parágrafo.
En el plazo máximo de un año después de promulgada esta ley, el Ministerio de Salud y Protección Social deberá realizar estudios para evaluar la necesidad de la inclusión de vacunas y la viabilidad de su esquema de financiación a través del Plan Ampliado de Inmunización (PAI). De conformidad con los resultados, el PAI, garantizará, de acuerdo con el estudio y de manera progresiva, la protección con la aplicación de las vacunas, Hexavalente, Neumococo Conjugado PCV13 (incluye serotipos 19A, 6A y 3), vacunas Meningococo Conjugado (serogrupos ACYW) para los niños prematuros y a término de bajo peso que se encuentren en programa canguro.
Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 8A LEY 1361 de 2009
Artículo 4°.
Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República. Iván Leonidas Name Vásquez.
El Secretario General del honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Andrés David Calle Aguas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada, a 21 de septiembre de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro del Interior, Luis Fernando Velasco Chaves.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González.
El Ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Óscar Mauricio Lizcano Arango.
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Beatriz Piedad Urdinola Contreras.
La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Laura Sarabia Torres.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
LEY 2564 de 2026
-
LEY 2565 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(12/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2566 de 2026
-
LEY 2567 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(19/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2568 de 2026