Jurismart

LEY 2201 de 2022

por medio de la cual se rinde Homenaje a los Héroes Llaneros de la Independencia y a la Memoria de Juan Nepomuceno Moreno como Prócer de la Gesta Libertadora.

Tipo
LEY
Número
2201
Año
2022
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

La presente ley tiene por objeto rendir homenaje público y enaltecer al llanero como figura heroica de la independencia, representado en la figura del prócer neogranadino Juan Nepomuceno Moreno, en el marco de la celebración del bicentenario de la Independencia Nacional.

Artículo 2°.

Autorícese al Gobierno nacional y al Congreso de la República de Colombia para rendir honores al prócer neogranadino Juan Nepomuceno Moreno y a los héroes llaneros de la independencia, en acto especial y protocolario, cuya fecha y hora será programada por la Mesa Directiva del honorable Senado de la República; a donde se trasladará una delegación integrada por altos funcionarios del Gobierno nacional, miembros del Congreso de la República, designados por la Presidencia del Congreso, y demás autoridades locales y regionales. A dicho acto se invitará al señor Presidente de la República.

Artículo 3°.

Autorícese al Gobierno nacional, para que, a través del Ministerio de Cultura, Ministerio de Educación y la Imprenta Nacional de Colombia, publique un libro biográfico relativo a los héroes llaneros de la Independencia y al prócer neogranadino Juan Nepomuceno Moreno, el cual será distribuido en todas las bibliotecas públicas del país para que las generaciones conozcan la importancia de estos héroes de la Patria.

Artículo 4°.

Autorícese al Gobierno nacional para que, por intermedio del Ministerio de Cultura, se encargue de la elaboración de un cuadro de Juan Nepomuceno Moreno, el cual se ubicará en el recinto principal de la Asamblea Departamental de Casanare, con el fin de rendirle honores a este insigne llanero y prócer de la independencia. El cuadro será revelado en ceremonia especial que convocará el Gobierno nacional en día y fecha que determine, a la cual asistirán miembros del honorable Congreso de la República designados por la Presidencia del Congreso.

Artículo 5°.

Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda, Ministerio de Cultura, se apropien los recursos necesarios para la adecuación de la infraestructura de la casa de la cultura en la ciudad de Paz de Ariporo, departamento de Casanare, en homenaje a los héroes llaneros de la Independencia, la cual llevará el nombre de Juan Nepomuceno Moreno.

Artículo 6°.

Autorícese al Gobierno nacional para que incorpore, dentro del presupuesto que se tiene destinado para la conmemoración del bicentenario, las partidas presupuestales necesarias, con el fin de que se lleve a cabo el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ley.

Artículo 7º.

La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del Honorable Senado de la República, Juan Diego Gómez Jiménez.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

La Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Jennifer Kristin Arias Falla.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jorge Humberto Mantilla Serrano.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 marzo de 2022.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ El Ministro del Interior, Daniel Andrés Palacios Martínez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo Abondano.

El Ministro de Defensa Nacional, Diego Andrés Molano Aponte.

La Ministra de Educación Nacional, María Victoria Angulo González.

La Ministra de Cultura, Angélica María Mayolo Obregón.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar