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LEY 2065 de 2020

POR MEDIO DEL CUAL SE INCLUYE AL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA, ATLÁNTICO EN LA JURISDICCIÓN DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA (CORMAGDALENA).

Tipo
LEY
Número
2065
Año
2020
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Artículo 1°.

Objeto. El presente proyecto de ley tiene por objeto incluir a Puerto Colombia, Atlántico como municipio no ribereño en la jurisdicción de Cormagdalena, a fin de que este ente corporativo asuma los costos derivados de la contaminación del río Magdalena que afectan las playas de dicho municipio. Así mismo, se busca compensar los daños y gastos ocasionados por la contaminación derivada de esa importante arteria fluvial.

Artículo 2°.

Modifíquese el artículo 3° de la Ley 161 de 1994, el cual quedará así: "Artículo 3°. Jurisdicción. La Corporación Autónoma Regional del río Grande de la Magdalena (Cormagdalena) tendrá jurisdicción en el territorio de los municipios ribereños del río Magdalena, desde su nacimiento.en el Macizo colombiano, en la colindancia de los departamentos de Huila y Cauca, jurisdicción de los municipios de San Agustín y San Sebastián respectivamente, hasta su desembocadura en Barranquilla y Cartagena. Así mismo, su jurisdicción incluirá los municipios ribereños del Canal del Dique y comprenderá además los municipios de Victoria, en el departamento de Caldas, Majagual, Guaranda y Sucre en el departamento de Sucre, Achí en el departamento I de Bolívar, y Puerto Colombia, en el departamento del Atlántico",
Parágrafo.
Puerto Colombia al ser incluido en la 'jurisdicción de Cormagdalena tendrá todas las obligaciones y beneficios (que de la ley se deriven.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 LEY 161 de 1994

Artículo 3°.

Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA ARTURO CHAR CHALJUB EL SECRETRIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA GREGORIO ELJACH PACHECO EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES GERMÁN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 14 de diciembre de 2020 IVÁN DUQUE MÁRQUEZ LA MINISTRA DEL INTERIOR, ALICIA VICTORIA ARANGO OLMOS EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, CARLOS EDUARDO CORREA ESCAF LA MINISTRA DE TRANSPORTE ANGELA MARÍA OROZCO GÓMEZ

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