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DECRETO 370 de 2009

por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.

Tipo
DECRETO
Número
370
Año
2009
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007;

Que el Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, en su Sesión 200 del 9 de febrero de 2009, recomendó al Gobierno Nacional la reducción temporal del gravamen arancelario al cero por ciento (0%) para la importación de cemento Pórtland gris, clasificado en la subpartida arancelaria 2523.29.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2009,

DECRETA:

Artículo 1°.

Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de cemento Pórtland gris clasificado en la subpartida arancelaria 2523.29.00.00.

Artículo 2°.

El arancel establecido en el artículo 1° del presente decreto, rige hasta el 31 de diciembre de 2009. Vencido este término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 4589 de 2006.

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente ARTICULO 1° DECRETO 4589 de 2006 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.

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