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LEY 1933 de 2018

por medio de la cual se categoriza al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios

Tipo
LEY
Número
1933
Año
2018
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

Objeto. La presente ley tiene como objeto dotar al municipio de Santiago de Cali, de facultades e instrumentos legales, que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; así como promover el desarrollo integral de su territorio para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

Artículo 2°.

Categorización. Categorícese al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios.

Artículo 3°.

Régimen aplicable. El Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, se regirá por la Ley 1617 de 2013, “por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales” y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.

Artículo 4°.

Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. El Presidente del Honorable Senado de la República, Efraín José Cepeda Sarabia.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Rodrigo Lara Restrepo.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jorge Humberto Mantilla Serrano.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 1° de agosto de 2018. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro del Interior, Guillermo Abel Rivera Flórez.

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez Botero.

La Ministra de Cultura, Mariana Garcés Córdoba.

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