LEY 1817 de 2016
por medio de la cual la nación se asocia a la conmemoración de los 400 años de fundación de la ciudad de Barbacoas, departamento de Nariño.
- Tipo
- LEY
- Número
- 1817
- Año
- 2016
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.
La Nación conmemora los cuatrocientos años de fundación de Barbacoas, hecho sucedido el día quince de agosto de mil seiscientos dieciséis en cabeza del capitán Pedro Martín Navarro, época en la cual la jurisdicción de la provincia abarcaba la casi totalidad de la actual costa Pacífica de Nariño.
Artículo 2°.
La Nación hace un reconocimiento al municipio de Barbacoas y resalta las virtudes de sus habitantes, su vocación de paz, su honradez, su creatividad y su excelsa producción cultural lo mismo que sus aportes al desarrollo social y económico del país y la región.
Artículo 3°.
El Gobierno nacional, con ocasión de la promulgación de la presente ley, podrá destinar recursos del Presupuesto General de la Nación para financiar proyectos en el municipio de Barbacoas de carácter social; cultural y de infraestructura, que tengan, concordancia con los propósitos del Plan Nacional de Desarrollo vigente y que permitan cumplir con el objetivo de esta ley.
Artículo 4°.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza al Gobierno nacional la celebración de los contratos y convenios interadministrativos necesarios entre la nación y el municipio de Barbacoas.
Artículo 5°.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la República, Óscar Mauricio Lizcano Arango.
El Secretario General del Honorable Senado de la Republica, Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Miguel Ángel Pinto Hernández.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jorge Humberto Mantilla Serrano.
REPÚBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2016 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo Bustos.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
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