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LEY 783 de 2002

por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 458 años de la fundación del municipio de Tocaima (Cundinamarca).

Tipo
LEY
Número
783
Año
2002
Entidad
CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º.

La Nación se asocia a la celebración de los 458 años de la fundación del municipio de Tocaima y honra la memoria de su fundador Hernán Vanegas.

Artículo 2º.

Este municipio como despensa agrícola, de invaluable riqueza cultural e histórica, será objeto de especial cuidado y conservación por parte de las autoridades nacionales y departamentales; para lo cual en sus respectivos presupuestos anuales, se autorizan para que incorporen sendas partidas presupuestales para su mantenimiento y conservación.

Artículo 3º.

Esta ley rige desde la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Alfredo Ramos Botero.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, William Vélez Mesa.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.

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